Modelo Orgánico

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Los productos orgánicos tienen trazabilidad y sellos reconocidos

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El control del cumplimiento de la legislación sobre todo el proceso de producción, elaboración y comercialización de productos orgánicos hasta que llega al consumidor es llevado a cabo por entidades certificadoras habilitadas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que es la autoridad competente en la fiscalización de estos productos, a través de inspecciones a los operadores y auditorías a las entidades certificadoras que habilita.

La condición “orgánica” de un producto es un atributo de calidad que certifica que se ha obtenido respetando determinados requisitos que son adicionales a los que se exigen para los productos convencionales. Se originan en sistemas de producción familiares o agroindustriales en los cuáles se siguen ciertas pautas que hacen que sean sustentables en el tiempo, obteniendo productos de calidad y respetando el ambiente. Esta característica se obtiene como resultado de aplicar un sistema global de gestión a lo largo de las etapas de producción, elaboración y comercialización de los productos agropecuarios, que combina las mejores prácticas ambientales (dando énfasis a la fertilidad del suelo y a la actividad biológica del mismo), un elevado nivel de biodiversidad, la preservación de los recursos naturales (con el mínimo uso de recursos no renovables), la no utilización de sustancias de síntesis químicas así como de organismos genéticamente modificados, y la aplicación de normas de bienestar animal. Los productos orgánicos deben ser identificados con cualquiera de los siguientes términos: “orgánico”, “biológico”, “ecológico”, “eco” ó “bío”, considerando a todos ellos sinónimos. Solamente estos términos son los permitidos para utilizarlos en el etiquetado o en la publicidad. Estos se pueden reconocer a través de los logos de las entidades certificadoras. Por lo tanto, todo producto que sea etiquetado como “orgánico” debe cumplir con la normativa oficial orgánica, estar certificado por una entidad certificadora habilitada por el Senasa y llevar el “sello de la entidad certificadora” responsable del control. Cualquiera sea el producto, debe producirse siguiendo las normas plasmadas en la ley nacional 25.127, creada en el año 1998

Fuente: https://www.elterritorio.com.ar/los-productos-organicos-tienen-trazabilidad-y-sellos-reconocidos-0957480993297425-et.

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